Por: Paula Lucía Arévalo Mutiz
Asesora externa Clínica de Violencia Intrafamiliar y de género VIG
América Latina y el Caribe, presenta cifras alarmantes de violencia y muertes de mujeres en razón de su género; cada día mueren en promedio al menos 12 latinoamericanas y caribeñas por el solo hecho de ser mujer, según el Observatorio de Igualdad de Género de la CEPAL. Argentina, Chile, Colombia, México y Perú, entre otros, trabajan a través de sus representantes de derechos humanos, colectivos, estamentos académicos y organizaciones por erradicar la discriminación y violencia contra la mujer, los índices de feminicidios y la impunidad.
En el caso colombiano la muerte de Rosa Elvira Cely, el 28 de mayo de 2012, en circunstancias de extrema violencia, movilizaron al país y suscitaron la necesidad de crear normas para garantizar la investigación y sanción de las violencias contra las mujeres por motivos de género y discriminación, así como prevenir y erradicar dichas violencias y adoptar estrategias de sensibilización de la sociedad colombiana, convirtiéndose la expedición de esta norma en uno de los instrumentos más importantes con los que cuenta el Estado colombiano para evitar el feminicidio de las mujeres, promover los derechos humanos y fortalecer el sistema de justicia en acciones coordinadas con otras instituciones estatales que trabajan en pro de los derechos de las mujeres en nuestro país.
La Ley Rosa Elvira Cely en su contenido prevé la creación del ‘Feminicidio’ como tipo penal autónomo que se integra al Código Penal colombiano, Ley 599 de 2000, artículo 104 A, en el que se consagra la comisión de un delito: a quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género. O en donde haya concurrido o antecedido cualquier circunstancia como una relación familiar, íntima o de convivencia con la víctima; el ejercicio de actos de instrumentalización de género; la comisión del delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer; o actos previos de terror o humillación a quien se considere enemigo; o antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia en diversos escenarios.
Para el año 2017, más de 500 mujeres fueron víctimas de feminicidio o tentativa de feminicidio en Colombia, buena parte de las agresiones provienen de su compañero sentimental (50%), expareja (30%), novios y esposos (10%); y más de 6219 mujeres reportaron amenazas.
En ese orden de ideas, la clínica de violencia intrafamiliar y de género (VIG), adscrita al área de familia del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, se ha dado a la tarea de realizar atención a mujeres víctimas de violencia de género, como también un seguimiento y monitoreo a la implementación de la Ley Rosa Elvira tras dos años y medio de su expedición, reconociendo los siguientes avances:
- La creación del Sistema Integrado de Información sobre Violencias de Género (SIVIGE), en el cual se identificaron las necesidades de información y variables pertinentes para la generación de indicadores que permitan disponer de información estadística sobre violencias de género.
- El trabajo de la Secretaría Distrital de la Mujer y la Secretaría Distrital de Salud entidades que han puesto en marcha como estrategia conjunta la implementación de la “Línea Púrpura Distrital”, a fin de prevenir el Feminicidio.
- El papel de la Defensoría del Pueblo, que cuenta con 33 profesionales en 20 regionales del país, conformadas por una profesional en derecho y una psicóloga que brindan atención y asesoría a mujeres.
- El Ministerio de Justicia y del Derecho también ha desarrollado algunos programas de capacitación a servidores públicos, a fin de sensibilizar y formar en rutas de prevención, y atención a víctimas de violencia de género.
Nuevos retos: educación y sensibilización
Ahora bien, pese a los esfuerzos realizados en estos dos años, se observa la necesidad de seguir formando profesionales con sensibilidad que participen como representantes de víctimas, lo cual representa una oportunidad de los Consultorios jurídicos del país para promover la educación clínica a nuevas generaciones de abogados. De igual manera, se requiere continuar con el proceso de formación de profesionales, jueces, comisarios de familia en el tema, hecho que garantiza el acceso a una justicia material que proteja a las mujeres de todo tipo de violencias, investigue, sanciones y evite la impunidad.
De otra parte, es clave en este proceso el papel a cargo del Ministerio de Educación en la formación de nuevos colombianos que, desde ciclos escolares básicos, desarrollen una sensibilidad hacia la igualdad y respeto a los derechos humanos con perspectiva de género, donde la escuela sea el primer peldaño hacia la prevención integral de la no violencia.
Por último, resulta prioritario promover el conocimiento de rutas de atención a las mujeres víctimas de violencia, así como también el fortalecimiento y coordinación de actividades conjuntas entre entidades del Estado cuya misión busca garantizar la protección de los derechos humanos en virtud del principio de progresividad que permite avanzar y utilizar el máximo recurso estatal para la atender y proteger la vida de las mujeres colombianas frente a cualquier manifestación de violencia de género.