23 de July, 2015
Cada día surgen más voces que están pidiendo una legalización de la eutanasia y su derecho a terminar con un sufrimiento físico prolongado.
Cada día surgen más voces que están pidiendo una legalización de la eutanasia y su derecho a terminar con un sufrimiento físico prolongado.
Hasta ahora esta aceptación es permitida en algunos países dónde éticamente es aceptable como en Sudáfrica, Alemania Federal, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Holanda, India, Israel, Italia, Japón, Noruega, Nueva Zelanda, Suecia, Suiza y Zimbabue. Colombia no es la excepción y busca reconocer el derecho al enfermo a rechazar tratamientos extraordinarios y poder morir en paz y con dignidad.
Evidentemente para varias de las asociaciones favorables a la eutanasia se trata de un primer paso hacia una situación en la que también se admita el derecho de morir dignamente con aquellos pacientes que solicitan que se ponga fin a su vida.
Hasta ahora esta aceptación es permitida en algunos países dónde éticamente es aceptable como en Sudáfrica, Alemania Federal, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Holanda, India, Israel, Italia, Japón, Noruega, Nueva Zelanda, Suecia, Suiza y Zimbabue. Colombia no es la excepción y busca reconocer el derecho al enfermo a rechazar tratamientos extraordinarios y poder morir en paz y con dignidad.
Evidentemente para varias de las asociaciones favorables a la eutanasia se trata de un primer paso hacia una situación en la que también se admita el derecho de morir dignamente con aquellos pacientes que solicitan que se ponga fin a su vida.
¿Cuál es la situación legal de la aplicación de la eutanasia en Colombia?
La eutanasia figura en el Código Penal como homicidio por piedad, y establece que quien mate a otro por piedad para ponerle fin a un intenso dolor tendrá una pena menor, de seis meses a tres años.En 1997, una persona demandó ese artículo ante la Corte Constitucional argumentando que como homicidio debería tener la misma pena, es decir, más de diez años. Ante esto, la Corte consideró que era lógico que esa conducta tuviera una pena menor porque se está actuando dentro del criterio de compasión y solidaridad que nos debemos los seres humanos, y que está consagrado en nuestra Constitución. Además, dicha posibilidad está consagrada para los pacientes con una enfermedad terminal que le cause un intenso sufrimiento el cual no se pueda aliviar de otra manera, y sea reclamado por petición del propio paciente. Está establecido que debe ser llevado a cabo por un médico, quien no tendría ninguna penalización pues su conducta está justificada.
¿El tema ya está reglamentado?
No. La Corte exhortó al Congreso a reglamentar el tema, pero no condicionó la aplicación a esa reglamentación. En Colombia se puede aplicar la eutanasia en la figura del homicidio por piedad teniendo el médico el conocimiento de que puede ser demandado y tiene que demostrarle al juez que llenó todos los requisitos para que no sea condenado.¿Cuáles son esos requisitos?
» Básicamente que el paciente tenga una enfermedad en estado terminal que le produzca intenso dolor y sufrimiento el cual no se puede aliviar de otra manera.» Que otro médico u otros médicos hayan examinado al paciente y hayan llegado al mismo dictamen.
» Que el paciente lo haya pedido de una manera consciente, y que él como médico acepte ayudarle.
¿Quién toma la decisión cuando el paciente está en estado vegetativo y no puede expresar su voluntad?
En ese caso no se puede aplicar la eutanasia porque la sentencia de la Corte Constitucional estableció que el paciente la debe solicitar. A ese paciente que está en estado vegetativo se le tiene que mantener con vida de manera artificial: si ya no puede comer solo se le tiene que dar el alimento por una sonda; si no puede respirar por él mismo tiene que ser conectado a un respirador artificial; se le tienen que suministrar medicamentos para evitar que la sangre se coagule por la quietud, medicamentos para la digestión, etc.Entonces la familia del paciente y los médicos, pensando en el mejor beneficio para ese paciente pueden, sin ningún efecto legal, suspender esas ayudas artificiales para facilitar que el paciente muera naturalmente. Cuando al paciente le desconectan todas esas ayudas, la naturaleza comienza a obrar y se cumple la voluntad de Dios: el paciente muere pero de forma natural.
¿Los médicos o las instituciones médicas pueden negarse a asistir la muerte de un paciente terminal?
Pues los médicos pueden echar mano de la objeción de conciencia y las instituciones pueden negarse argumentando que se violan sus principios, pero al igual que sucede con la despenalización del aborto, si el médico se niega tiene que orientar al paciente sobre dónde le pueden atender su solicitud.
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