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Protegen derechos fundamentales de dos migrantes colombo-venezolanos por cancelación arbitraria de sus documentos

migrantes-venezolanos
La Corte Constitucional advirtió a la Registraduría Nacional del Estado Civil la importancia de garantizar un debido proceso en las actuaciones administrativas para prevenir casos similares en el futuro.

- El Alto Tribunal llamó la atención a la entidad, instándole a realizar los procesos relacionados a la nacionalidad con la máxima diligencia posible debido a las consecuencias que un mal procedimiento administrativo en esta materia tiene, no solo en la persona, sino en las instituciones nacionales.

La Corte Constitución protegió los derechos fundamentales de dos migrantes colombo-venezolanos a quienes la Registraduría les había cancelado y anulado sus documentos de identidad

La decisión tomada por el Alto Tribunal, la cual asesoró nuestra Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza de la Facultad de Jurisprudencia, reafirma los derechos al debido proceso y a la nacionalidad de migrantes colombo-venezolanos afectados por cancelación arbitraria de sus documentos de identidad. 

El 19 de julio de 2024, después de dos años de haber sido seleccionada en Sala de Revisión, la Corte Constitucional emitió la sentencia T-564 de 2023, la cual aborda dos casos de acciones de tutelas interpuestas por ciudadanos colombo-venezolanos a quienes la Registraduría Nacional del Estado Civil les había cancelado sus documentos de identificación arbitrariamente, vulnerándoles derechos fundamentales como el debido proceso, la nacionalidad, la personalidad jurídica, la igualdad y el trabajo.

Así, el Alto Tribunal amparó los derechos de ambos ciudadanos revocando las decisiones de instancia, reiterando la importancia de que la Registraduría Nacional del Estado Civil realice los trámites relacionados a la nacionalidad con la máxima diligencia posible, dijo Nicolás Barón González, coordinador de la Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza de nuestra Universidad.

Antecedentes del fallo

En el caso presente, uno de los dos accionantes fue asesorado por la Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza de nuestra Universidad. El señor Jon Jefferson Paternina Mercado acudió al Consultorio Jurídico de la institución debido a que, al solicitar un certificado de su cédula para presentar en su trabajo, descubrió que esta había sido cancelada por medio de una resolución de la Registraduría Nacional del Estado Civil por falsa identidad.

Asimismo, dicha resolución anuló su registro civil de nacimiento, alegando un incumplimiento de las formalidades legales, sin especificar a cuáles de ellas se referían. Por lo anterior, la Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza decidió adelantar una acción de tutela contra la Registraduría, la cual fue seleccionada en Sala de Revisión por la Corte luego de ser negada en primera y segunda instancia, explicó Barón. 

La Alta Corporación consideró que se habían vulnerado los derechos al debido proceso de los accionantes, toda vez que encontró que el proceso administrativo estuvo viciado al presentarse irregularidades tales como la carencia de motivación de los actos y la indebida notificación de los mismos. Lo anterior produjo, a su vez, significativas vulneraciones al principio de publicidad, afectando los derechos de contradicción y defensa de los accionantes, también perjudicando sus derechos a la nacionalidad, personalidad jurídica e igualdad, comentó. 

La Corte advirtió a la Registraduría la importancia de garantizar un debido proceso en las actuaciones administrativas para prevenir casos similares en el futuro, privilegiando el estudio a profundidad de las solicitudes de inscripción extemporánea. Esto, debido a que antes de proceder a autorizar la inscripción de registros irregulares, se debe asegurar el cumplimiento de los requisitos legales, pues, de no ser así, procedería a cancelar la documentación previamente autorizada y, en consecuencia, se afectaron derechos adquiridos.

Además, llamó la atención a la entidad, instándole a realizar los procesos relacionados a la nacionalidad con la máxima diligencia posible debido a las consecuencias que un mal procedimiento administrativo en esta materia tiene, no solo en la persona, sino en las instituciones nacionales.

La sentencia T-564 de 2023 de la Corte Constitucional se suma a la línea jurisprudencial de protección al derecho a la nacionalidad de la población migrante, ampliando los estándares de protección frente a este grupo vulnerable, permitiendo una justicia más humana y equitativa, resaltó el coordinador de la Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza de nuestra Universidad.

Para Barón, la decisión representa también otro caso más en el cual la Clínica Jurídica aporta al desarrollo jurisprudencial y a la protección de los derechos humanos, reafirmando su compromiso social y la construcción de país.