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¿Cómo se ha abordado la Constitución de 1886 en la historia del derecho colombiano?

STEVEN JURADO - DANIEL DEAZA ACOSTA

Constitución

“No creo que la historia sea otra cosa,
en su panorama deslucido,
que una sucesión de interpretaciones,
 un consenso confuso de testimonios...”
Fernando Pessoa - Libro del desasosiego

 

El presente escrito tiene como fin abordar y analizar las diferentes maneras cómo se ha tratado un fenómeno que marcó la historia del Derecho Colombiano: la Constitución de 1886. Para ello, se estudiaran 4 autores que han explicado el fenómeno de diferentes maneras: Luis Carlos Sáchica, Manuel Quinche, Hernando Valencia Villa y Tulio Elí Chinchilla. Para cada uno se realizará un apartado que contiene la forma de la obra y una conclusión de lo que el autor argumenta en ella.

Es relevante realizar un análisis historiográfico de estas obras ya que se estima que la manera cómo han abordado el tema influyó en los argumentos del texto; es decir, se considera que la metodología y la forma determina las premisas que de fondo se defienden. Se escogen estas obras, puesto que se considera que cada autor ve el fenómeno de la Constitución de 1886 con un estilo específico. En principio se presenta una división binaria: aquellos que ven la Constitución de 1886 como un fenómeno longevo que terminó con la constituyente de 1991, y aquellos que ven la 1886 como un periodo que terminó en 1957 y que nunca llegó a 1991. Aunque se sabe que en un análisis historiográfico se debe primar la manera cómo se ha escrito la historia y cómo se han aproximado al pasado, también es importante considerar que los argumentos tienen una relación directa con la manera como se ha construido dicha historia. El por qué se seleccionaron estos autores tiene que ver con las diferentes maneras con las que se aproximan al suceso. Se cree que la forma y el fondo van de la mano, por ende son aspectos entrecruzados que se ven en este escrito y que serán el cierre en las conclusiones de este trabajo. 

Luis Carlos Sáchica

Luis Carlos Sáchica Aponte (1928 - 2013) fue un reconocido jurista de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado y catedrático destacado de la Universidad del Rosario,  Externado de Colombia, Los Andes, La Sabana, Santo Tomás, Libre y Católica. Siempre fue reconocido por su conocimiento en Derecho Constitucional y su aproximación a este, pues lo consideraba como un elemento clave en el que se relacionaba la política, la economía, la religión y la sociología. En su vida académica siempre buscó el Derecho con la teoría del Estado y la Historia. Por lo anterior, siempre fue reconocido como un conocedor de la Historia del Derecho Colombiano[1].

El texto de Sáchica ¿Una Constitución de largo andar y lejano horizonte? se encuentra en el Boletín Cultural y Bibliográfico del Banco de la República Volumen 23 Número 9. En 1986 se realizó una sección especial conmemorando los 100 años de la norma superior, en este Boletín se agrupan tanto cuestiones literarias como artículos académicos, por ello es posible encontrar la poesía de Juan Manuel Roca, el texto de Sáchica, la conmemoración a la Constitución de 1886 y reseñas interdisciplinarias escritas por personajes como Fernando Vallejo, Renán Silva y Héctor Abad Faciolince[2]. Es importante describir dónde aparece el texto mencionado ya que eso habla sobre el público al que quería llegar; en este caso se trata de un público amplio, aunque no es del todo divulgativo. Los textos que aparecían en el Boletín se encontraban en el punto medio de lo divulgativo y lo académico.

El principal objetivo del texto es hacer una descripción muy general de la Constitución de 1886 y analizar los puntos a favor y en contra de sus postulados. Sáchica se enfoca en cómo la Constitución fue creada con unas características propias de su tiempo y ello hace que exista la necesidad de actualizar ideas que para 1986 ya estaban anquilosadas. Respecto a los actores que se encuentran en la narrativa del texto hay dos actores que son protagonistas: La Constitución de 1886 y Colombia como país. El primero ya se sabe que es el objeto de estudio, pero lo que hace Sáchica es darle vida, hablar de este documento como un personaje que vive, nació y tuvo problemas y errores; el segundo, Colombia, lo aborda como algo complejo, donde se reúnen y entrecruzan las dinámicas tanto económicas, como sociales y políticas. Hay un contraste entre los personajes, hay una constitución inerte-estancada y un país dinámico y que evoluciona.

Los factores históricos que aparecen en la obra son la evolución del Estado como eje. Sáchica tiene un objetivo claro y es demostrar que el país ha evolucionado más rápido que el constitucionalismo en Colombia. Por lo anterior, se puede ver cómo el principal “motor de la historia” es demostrar los destiempos entre los personajes. Para ello, habla de la evolución del Estado y del estancamiento legal. También se puede decir que otro factor histórico del texto es el conflicto entre lo que necesita el país y cómo se encontraba regulado. Sin embargo, es complicado definir la espacialidad y la escala temporal ya que cuando se habla de relaciones legales y de su historia, se consideran espectros muy amplios; temporalmente, se puede decir que busca abarcar los 100 años que había vivido la Constitución de 1886; respecto al espacio dado que Colombia es un personaje en su narrativa también se considera su margen espacial; el único momento donde se sale de dicho espacio es cuando hace una advertencia a las nuevas dinámicas mundiales y hace un llamado a ver internacionalmente el derecho.

Del modelo explicativo se debe decir que Sáchica organiza de manera detallada los argumentos que quiere plantear. Lo primero que hace es iniciar el texto planteando las preguntas que va a responder y luego las abarca con dos ejes argumentativos: el histórico y el legal. El histórico se refleja cuando explica el origen de la Constitución y la evolución que había vivido Colombia, por ejemplo cuando describe los rezagos coloniales del texto legal de 1886 y las necesidades modernas que habían llegado a Colombia: “En 1886 éramos un país andado en su tradición española y católica. Al terminar el siglo XX, Colombia es un país en marcha, en proceso de cambio”[3]. El eje legal se ve en dos puntos, uno cuando describe las características legales de la constitución de 1886 y otro, cuando menciona las múltiples reformas que la carta suprema tuve a lo largo del siglo XX. Estos dos ejes estaban encaminados a demostrar como la sociedad donde la Constitución de 1886 fue necesaria y fundamental ya cambió y por ende, exigía nuevas regulaciones constitucionales.

Para finalizar, se debe resaltar que en la historia del derecho colombiano, como lo propone Sáchica, es complicado identificar los silencios, puesto que ellos abarcan aspectos generales de la sociedad. Aunque, se podría decir que el autor no profundiza mucho en el ciudadano de a pie en su texto, sino que se queda en algo institucional, de hecho puede que esto haya sido justamente el propósito del autor. Respecto a las fuentes utilizadas, se encuentra sólo una referencia a la Constitución como fuente primaria, los demás datos no los referencia, materializando así el estereotipo de un abogado erudito, que en ese momento era tan frecuente. El lector destinatario era un público con conocimientos legales, pero no apuntaba a ser leído por académicos. Era, más bien, divulgativo. ¿Una Constitución de largo andar y lejano horizonte? Desde su título, se muestra que el autor poseía una pluma muy amable y con un lenguaje bastante rico que se aleja del lenguaje rígido y academicista.

Hernando Valencia Villa.

Hernando Valencia Villa es abogado de la Universidad Javeriana, maestro en leyes y Doctor en Derecho por la Universidad de Yale. Ha sido profesor de Derecho Constitucional en diferentes universidades colombianas, también desempeñó la cátedra universitaria en España y ha investigado sobre la Historia del Derecho, principalmente en Derecho Constitucional. Cartas dbatalla es uno de los textos más importantes que tiene Valencia Villa y es una aproximación general a la historia del constitucionalismo colombiano; cuenta con un estudio detallado de las reformas a las constituciones colombianas y un diálogo entre el derecho constitucional y la historia del país.

“Las guerras constitucionales” es la tercera parte del libro Cartas de Batalla. Este libro en la actualidad es editado por Panamericana, su primera edición data de 1987 y ha ido actualizándose, la edición que se revisó para este texto es la primera edición que manejó Panamericana y fue publicada en el 2010. El libro buscó analizar los diferentes contextos de violencia que se vivían y lo relaciona con la historia de las constituciones de Colombia. El capítulo que se va a analizar es un texto que tiene como objetivo divulgar una manera propia de ver la historia del Derecho colombiano. Valencia Villa propone como tesis central que las constituciones en Colombia no han sido más que una manera de dialogar con el Conflicto. Es decir, el autor hace una relación entre el derecho y la violencia. Valencia Villa indaga sobre la cultura legalista que ha sido una constante en la historia colombiana.

Los actores principales del texto de Valencia Villa son las reformas constitucionales que se han vivido en la historia nacional. A partir de ello, se pueden ver unos “actores secundarios” como los partidos políticos, alguno dirigentes y muchos eventos de violencia. La historia del autor se queda en una historia institucional, legalista, donde se ignoran también factores de minorías; además, cuando relata los diferentes conflictos que ha vivido Colombia cae en un silencio cuando se trata  sobre el rol de la mujer y dichos conflictos, por ejemplo el rol de ellas a la hora de construir una constitución. Los personajes que le dan vida al relato de Valencia Villa son típicos, tradicionales y en ocasiones, abstracciones.

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El factor histórico que se puede encontrar en Valencia Villa es la relación. El motor de la historia que relata el autor es la consolidación de una relación entre las reformas constitucionales y la violencia en Colombia. Además, refleja cómo la historia y el desarrollo nacional están ligados al desarrollo legal. Dentro del capítulo se ve como las descripciones constitucionales siempre van entrelazadas con narrativas acerca del conflicto, cuando el autor aborda una evolución legal la traslapa a una de las múltiples guerras que se ha vivido en el país.

Respecto a la espacialidad y al factor temporal, se debe decir que el texto de Valencia Villa tiene una temporalidad extensa, puesto que inicia con 1810 y recorre la historia de la consolidación de la nación, resaltando así las múltiples guerras civiles que siempre estaban acompañadas de un texto constitucional; el capítulo termina con el inicio de la constituyente de 1991 y demuestra entre líneas que Valencia Villa es de la corriente que cree que la Constitución de la Regeneración se extendió hasta la década de los 90 del Siglo XX. En la espacialidad se debe decir que, dado que el texto busca hablar de la historia del constitucionalismo colombiano, el autor recorre el país como protagonista.

El modelo explicativo de Valencia Villa es una combinación de los aspectos teóricos constitucionales con los hechos históricos que menciona. Los argumentos que se ven en los capítulos son una mezcla entre el hecho histórico y el factor constitucional del mismo. Durante todo el capítulo el camino que nos propone el autor son argumentos donde se entiende el contexto histórico (como puede ser una guerra civil del siglo XIX) y concluye con la aparición de una constitución producto de la mismo conflicto histórico (como puede ser una guerra civil). Son argumentos que tienen la misma estructura y es una idea entrecruzada entre el pasado y el derecho, entre el contexto bélico y las constituciones que han existido en el país. Se debe destacar que es bastante preciso en la manera como aborda el pasado ya que sus fuentes se combinan entre fuentes primarias como son las múltiples constituciones y fuentes secundarias que le ofrecen y nutren el contexto histórico del que quiere hablar. Valencia Villa nos ofrece un texto que es amable para el lector, pero que no pierde la rigurosidad; es una combinación de fuentes que ubican y reflexiones que profundizan en torno al pasado y las ideas constitucionales que van de la mano a ese pasado. Finalmente, se debe decir, como se resaltó al inicio, que Valencia le apunta como lector destinatario a alguien que tenga interés en el asunto, aunque maneja en algunos casos un lenguaje jurídico que puede ser enredado, él se toma la tarea de desglosarlo para las personas que no saben o no conocen de derecho.

Manuel Quinche

Manuel Fernando Quinche Ramírez es un abogado especializado en el ámbito constitucionalista, sobre el que se han realizado distintos escritos. Entre sus estudios podemos encontrar: un pregrado en derecho de la Universidad Católica, un pregrado en filosofía de la Universidad del Rosario, una especialización en derecho constitucional de la Universidad Javeriana, una maestría en derecho de la Universidad Nacional y un Doctorado en derecho de la Universidad Externado de Colombia.[4] Ha publicado numerosos libros, algunos de ellos son considerados como esenciales para todo constitucionalista, como Vías de HechoAcciones de Tutela contra providenciasEl control de convencionalidadDerecho Constitucional Colombiano, este último, será el libro de Quinche con el que desarrollaremos el presente análisis.

Quiche en su libro Derecho Constitucional Colombiano tiene como objetivo establecer de dónde venimos y dónde estamos en materia constitucional. De ahí que nos ofrezca una génesis de la historia del derecho en Colombia pasando por las bases de la constitución de 1886 hasta un desplazamiento de la constitución de 1991 y todo lo que la conforma.

“Este primer capítulo se ocupa del pasado constitucional colombiano, en la idea de ofrecer una descripción comprensiva. La tesis es que el constitucionalismo colombiano, como el de otros países de la región está marcado por su inestabilidad y el reformismo constitucional, es decir, por el hecho real según el cual sus constituciones duran poco y cuando permanecen, se las modifica tanto, que instauran formas irregulares de estabilidad”[5]

Quinche para abordar lo anteriormente mencionado, hace una revisión teórica, histórica y constitucional del derecho a lo largo de latinoamérica, algunas de las revisiones que hace son de las constituciones de Venezuela y Bolivia. De manera que, para Quinche en cuestiones constitucionales el motor histórico está centrado en las reformas y la inestabilidad. En este ámbito, vamos a encontrar que los actores que toma Quinche son directamente el estado Colombiano e incluso la constitución misma, sin tomar en cuenta a la población. Cabe aclarar que este se centra en un ámbito más general, de ahí que no tome actores específicos.

“América Latina se identifica políticamente con la institución presidencial, todo ello en la ejecución de una constante, planteada desde la primera Constitución Nacional, sostenida con el texto de 1886 y conservada hoy con la Constitución de 1991” [6]> En síntesis, durante el primer y segundo capítulo se puede ver que Quinche sostiene que a pesar de las reformas y cambios presentados para el texto 1886 no hay una ruptura realmente significativa, incluso afirma que gran parte del texto se mantiene hasta que se hace la constituyente de 1991.

Finalmente, cabe señalar que el relato de Quinche se hace interesante por la manera como aborda el tema, aunque este no entra en el debate de manera intencional, si lo toca. Pues, a través de la historia del derecho Colombiano Quinche nos deja claro que su postura es que no hay una ruptura por las distintas reformas que se hacen a lo largo del siglo XX. Por lo que se puede tomar la constitución de 1886 como la más longeva que se ha tenido: “La constitución de 1886 ha sido la de mayor duración en la historia nacional y en su momento sirvió para reconstruir una forma opresiva de institucionalidad tras veinte años de federalismo”[7]. Aunque Quiche habla fuertemente de teoría constitucional a través de la historia del derecho, usa un lenguaje muy claro, lo que permite ver que esta parte al menos va dirigida a un público más amplio.

Tulio Elí Chinchilla.

Tulio Chinchilla es historiador de la Universidad de Antioquia y doctor en derecho y ciencias políticas. Chinchilla escribió El mito de la constitución de 1886. En este texto, el autor quiere señalar que hay un rompimiento que lleva a que la Constitución de 1886 no se mantenga hasta 1991. Esto se debe a que para Chinchilla la constitución de 1886 no ofrece una normativa sólida y eso genera que desde un principio esta empiece a sufrir numerosas reformas. Su propuesta es que la constitución generada a partir del plebiscito de 1957 causa una ruptura total, así pues, la constitución que se mantendrá hasta 1991 no es la de 1886 sino la de 1957.

Para acercarse a este planteamiento Chinchilla realiza una amplia revisión de teoría del derecho y cómo este se ha conformado históricamente en Colombia. Entonces, para el autor, el motor histórico que mueve estos rompimientos son las reformas, pues Chinchilla llega a preguntarse si la constitución de 1886 llegó a regir realmente, ya que “Si en 1957 hubo de convocarse el Plebiscito Constituyente se debió, precisamente, al vacío de Norma Fundamental vigente que, existente durante el lapso de tiempo que comienza en 1948, pasa a la dictadura y culmina con la Junta Militar transitoria (también de facto). No había una constitución -en el sentido formal y técnico- y se tenía que hacer una”[8]. Es importante destacar que la postura de Chinchilla es un punto de vista que trae consigo cuestiones de legitimidad ante el texto constitucional, ya que determina que la reforma atacó los ejes principales del texto, por lo que no se puede decir que la constitución de 1886 es válida y legitima hasta 1991. De esta manera, en el texto de Chinchilla se encuentra al Estado colombiano como un actor inestable en ámbitos del derecho, esto es lo que precisamente lleva a que se den las numerosas reformas dentro de la constitución de 1886. Por esto, a partir de 1948 aparece otro actor: el pueblo, pues como ya se había mencionado, a partir de este momento hay todo un cambio que rompe la forma como está conformado el país.

Conclusiones

La conclusión que se puede extraer de la revisión historiográfica que se realizó es que entre los autores se pueden encontrar tanto puntos coincidentes, como puntos disidentes. El primer factor donde todos los autores coinciden es que los cuatro abordan la narrativa histórica con actores que son abstracciones; es decir, los protagonistas de lo relatos son entidades como la Nación, el Estado y la Constitución. Esto es interesante puesto que despersonaliza la narrativa histórica y le da voz a instituciones a las que el lector no está acostumbrado. Del anterior punto sale otra de las conclusiones y es que dado que se basa en narrativas con abstracciones deja de lado a la población y eso hace que se le pueda acusar de silencios con las comunidades. Aunque esta es una idea válida, también se debe ser precavido con esta conclusión, puesto que entendiendo que lo que buscaban los autores era escribir historia del derecho constitucional es complicado darle la voz a la comunidad y salirse de la abstracción.

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Otro de los puntos donde los autores coinciden es el la espacialidad, los cuatro buscan abarcar al país como lugar. Pero si uno hace una lectura detallada, puede afirmar que aunque trata de abarcar al país, ignora las periferias, no las menciona; incluso se puede ver como una historia citadina. Tanto los hechos como los protagonistas se encuentran en las ciudades, ignora espacios rurales que pertenecen al país. Aunque hablan de abstracciones como Estado y Nación, cuando los autores se acercan a espacios específicos hablan de las ciudades, principalmente de la capital: Bogotá. Esto puede ser producto de la manera como han escrito la historia de los actores que han querido asignar. Las dos conclusiones anteriores, nos lleva a afirmar que la historia del derecho que escriben los autores es una historia bastante tradicional, que cae en los errores de una historia desde arriba; se denota como aunque no sea una intensión de los autores, sí caen en errores que la historiografía ya ha problematizado.

También se puede afirmar que todos los autores tienen una pretensión de ser divulgativos. Ninguno busca tener un espacio solamente académico, buscan que el receptor sea más amplio. Todos ellos manejan un lenguaje sencillo y aunque en algunos momentos deben usar conceptos jurídicos, también buscan desglosarlos de una manera amable al lector. Ninguno se queda en el espacio tan académico que limita el margen de las personas que pueden acceder, cada uno busca conseguir una retórica tanto clara como precisa que logra dejar en claro los argumentos y las conclusiones.

Además, Chinchilla propone replantear la legitimidad que tiene la Constitución de 1886. Incluso, se pregunta si realmente la constitución de 1886 llegó a regir, pues con las numerosas reformas no se puede decir que el texto mantenga una base normativa sólida. Chinchilla señala un punto que lo diferencia de los otros autores y es el factor social. Pues tras la muerte de Gaitán y con todas las dinámicas sociales que se desarrollan a partir de 1948, hay una alteración irreversible en el orden social, lo que necesariamente lleva a un rompimiento con el plebiscito de 1957 y lo que implica una deslegitimización de la constitución de 1886, esto genera todo un cambio dentro de la concepción dentro de la historia del derecho colombiano.

Cuando se empezó el trabajo se buscó usar autores de diferentes posturas en el debate sobre la constitución de 1886. El defender que se acabó en 1991 con la séptima papeleta es tener una visión bastante institucional, dado que entre líneas defienden la instruccionalidad de la Constitución que se ha conocido como la más longeva de la historia de Colombia. En cambio, decir que en 1910 y en 1957 lo que se consiguió fue disolver las bases de la constitución surgida en la Regeneración, es deslegitimar ese interregno donde hubo, según esa idea, una constitución diferente, una constitución hecha por reformas que terminaron sustituyendo las bases legales. Luego de la revisión historiográfica realizada, se denota que las conclusiones tan opuestas que se acaban de explicar pueden ser fruto de una metodología diferente. Esa es una de las conclusiones que se sacaron, pues dependiendo la forma se puede consolidar otro fondo argumentativo. Se puede ver como Sáchica, Quinche y Valencia Villa coinciden en la metodología, en las fuentes y en el modelo explicativo; mientras que Chinchilla no coincide del todo con los otros autores, por ejemplo, los argumentos de Chinchilla difieren de los otros tres, dado que ellos hablan y mezclan argumentos históricos, con el contexto y con argumentos jurídicos, mientras que Chinchilla se queda en la interpretación subjetiva y no crea argumentos que combinen la historia y el derecho. La manera como se aborda el suceso histórico lleva a crear diferentes conclusiones, por esto es posible reiterar la idea: la forma también en fundamental para constituir el fondo. Los cuatro autores abordar el mismo objeto de estudio, la diferencia es el cómo lo abordan y cómo lo explican, esas diferencias hacen que las conclusiones también lleguen a ser disímiles.

Bibliografía:

● Quinche Manuel. Derecho Constitucional Colombiano. Editorial Temis.

● Chinchilla Herrera, Tulio. “El mito de la Constitución de 1886” Universidad de Antioquia .1986

● Valencia, Hernando.  «Cartas de batalla: Una crítica del constitucionalismo colombiano». Panamericana Editorial. 2010.

● Luis Carlos Sáchica. (1986). ¿Una Constitución de largo andar y lejano horizonte? Boletín Cultural y Bibliográfico, (09), 9. Retrieved from http://ez.urosario.edu.co/login?url=http://search.ebscohost.com/login.a…

 


[1]   Para mayor información: https://www.ambitojuridico.com/noticias/personaje/constitucional-y-dere…

[2]Índice del Boletín Cultural y Bibliográfico Vol. 23 Núm 9 - 1986.  https://publicaciones.banrepcultural.org/index.php/boletin_cultural/issue/view/99 

[3] Luis Carlos Sáchica. “¿Una Constitución de Largo Andar y Lejano Horizonte?” Boletín Cultural y Bibliográfico, no. 09 (1986): 9.  pág. 4 http://search.ebscohost.com.ez.urosario.edu.co/login.aspx?direct=true&d….

[4] VV.AA. Colciencias. Recuperado de: https://scienti.colciencias.gov.co/cvlac/visualizador/generarCurriculoC…

[5] Manuel Quinche, “DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO”  Editorial Temis S.A,. 2015.

[6] Ibid

[7] Ibid

[8] Tulio Elí Chinchilla, El Mito de la Constitución de 1886. Universidad de Antioquia. Revista Estudios de De Derecho. Vol.45, Núm.109 (1986)