Derrota de un agalludo
Carlos Villalba Bustillo
Carlos Villalba Bustillo
Gracias a la llegada final de la Justicia en un caso verdaderamente aberrante, se supo de una nueva hazaña del magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, pues la Honorable Corte Suprema de Justicia evitó, al casar una sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, que se consumara un atropello contra el ciudadano Gerardo Núñez Piñeres.
Los señores Pretelt Chaljub y Núñez Piñeres adquirieron en compañía una lancha de nombre Aguja, para fines recreativos. Suele suceder que, entre socios en las condiciones en que estos dos caballeros se asociaron, haya diferencias al momento de compartir gastos y cumplir con determinados requisitos. Pero quien conozca a Núñez y a Pretelt infiere, de manera muy fácil, cuál de los dos fue el de la iniciativa de puyar al otro con la Aguja. La misma Corte dice en un aparte de su sentencia: “… máxime si con las cifras señaladas (en la demanda de constitución de parte civil) se advierte el desmedido afán económico del denunciante” (Pretelt)
Lo inexplicable es que siendo Pretelt abogado, hubiera procedido a denunciar a su socio por estafa agravada, olvidando los elementos constitutivos del delito y sin tener claro que se trataba, más bien, de un incumplimiento de carácter civil o mercantil.
El doctor Pretelt pudo conciliar con su socio, pero no compareció a la audiencia respectiva. Claro, tenía todo calculado y, de seguro, cuando se le apareció la Virgen (su elección en la Corte Constitucional) se solazó pensando que juez y tribunal se rendirían ante la pretensión de un magistrado de su rango. Así fue. Sin embargo, no contó con que su dos veces bendecida denuncia (en primera y segunda instancias) sería valorada, en otro plano y en la perspectiva adecuada, por la sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia. Allí no habría rango que doblegara la ciencia y la conciencia de los altos jueces.
A la Corte llegó Núñez confiado en su razón y su derecho, y su apoderado formuló reparos contundentes contra el fallo del tribunal de Cartagena y probó que Pretelt “no adelantó las gestiones necesarias para conseguir los documentos previos al registro del contrato”. Tampoco –agrega la Corte– “tramitó el documento de ausencia de antecedentes sobre tráfico de estupefacientes…”.
Se demostró, además, que no hubo violación directa, por aplicación indebida, de los artículos 6, 9, 10, 25, 246-1 y 267-1 del Código Penal. Ni violación indirecta, por falta de aplicación, de los artículos 20 de la Constitución y 7 del Código de Procedimiento Penal. De igual modo demostró el apoderado de Núñez que “hubo un falso juicio de identidad por mutilación de la indagatoria de Núñez, cuando afirmó que fue Pretelt quien redactó la promesa de compraventa”; que hubo un falso raciocinio por no haberse valorado las manifestaciones de Pretelt respecto de la promesa, y que hubo un falso juicio de existencia por “omisión de algunos documentos que reflejan las actuaciones de Gerardo Núñez, orientadas a conseguir una conciliación con Jorge Pretelt”.
Los lapos dialécticos de la Corte contra el fallo del ad quem fueron válidos para el Ministerio Público. Por ejemplo, por sus erradas consideraciones sobre la tipicidad del delito y sobre la definición del mismo. Resultaron tan aplastantes los argumentos de la ponencia de la doctora María del Rosario González, que concluyó con un juicio irrefutable: “…se invirtió el orden inherente al delito de estafa, pues primero se obtuvo el supuesto beneficio patrimonial y luego se indujo o mantuvo en error a la víctima”.
¡Pobre víctima! Se atrevió a desconocer como juez constitucional los derechos adquiridos y la cosa juzgada.
En un solo párrafo, la Corte describió la avivatada del magistrado Pretelt:
“Resulta obvio que si en los primeros días de existencia de la sociedad, Jorge Pretelt hubiera entregado los documentos necesarios para hacer la inscripción de los nuevos propietarios en la Capitanía del Puerto de Cartagena, así se habría procedido. De manera que fue él quien con su incuria dio lugar a esa situación de indefinición sobre la propiedad de la nave por cerca de dos años…”
De la derrota del doctor Pretelt en estrados queda una elocuente lección: que la Justicia, la de verdad, la que se administra con ética y sin chisporroteos de farándula, no se deja agraviar de nadie.